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jueves, 3 de diciembre de 2015

IMPIDEN A ESPERANZA CIUDADANA PARTICIPAR EN LAS ELECCIONES GENERALES.




Finalmente la candidatura de Esperanza Ciudadana al Congreso por Alicante no podrá participar en las próximas elecciones generales. El pasado 23-11-2015 la Junta Electoral Provincial de Alicante acordó lo siguiente: “NO PROCEDE PROCLAMAR las siguientes Candidaturas: …Y la denominada ESPERANZA CIUDADANA, por insuficiencia de avales a la vista del certificado emitido por el Sr. Delegado del Censo, en el que aparece “verificadas 1397, número de firmas válidas 1.199, y número de firmas inválidas 198”. Dicho acuerdo fue recurrido ante la propia Junta Electoral, aportando 65 avales adicionales más, y ante la Jurisdicción Contencioso Administrativa no prosperando ninguno de los dos recursos. Presentado el pertinente recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional al haberse vulnerado los derechos constitucionales recogidos en los Artículos 23.2 y 24.1 de la C.E. éste ni siquiera lo admitió a trámite excusándose en un inexistente defecto formal.

Hay que destacar, en primer lugar, que la Oficina del Censo Electoral no ha acreditado, ni certificado en ningún momento la relación nominal de avalistas anulados, la mayoría, al parecer, por haber avalado simultáneamente a otra candidatura.

En segundo lugar, que la Junta Electoral Provincial de Alicante acordó no proclamar la candidatura de Esperanza Ciudadana a falta de tan sólo 26 avales al no alcanza los 1.225 exigidos, conociendo que la Oficina del Censo había anulado más de 125 firmas sin presentar la relación nominal de las mismas y sin acreditar esa supuesta duplicidad.

En tercer lugar, resulta altamente sospechoso que el Juzgado Contencioso Administrativo recibiese el expediente administrativo de la Junta Electoral Provincial de Alicante media hora antes de hacer entrega de la sentencia desestimatoria del recurso de Esperanza Ciudadana.


Y, en cuarto lugar, hay que destacar y censurar, la actuación caciquil, desvergonzada e inadmisible del Tribunal Constitucional que, en lugar de entrar a conocer el fondo del asunto, la flagrante vulneración de derechos constitucionales de ciudadanos alicantinos, se despacha con no admitir a trámite el recurso usando la excusa de un supuesto defecto formal inexistente. Llama poderosamente la atención que el mismo Tribunal que enmienda la plana al Tribunal Supremo para legalizar a Bildu, el partido de los proetarras, y permitir así su participación electoral impida a la gente normal y pacífica de Alicante poder participar en las próximas elecciones generales. No cabe mayor desvergüenza política y jurídica.

miércoles, 20 de junio de 2012

Si la Constitución ampara a los violentos, habrá que cambiarla.

Hoy el Tribunal Constitucional, con el voto de los Magistrados Pascual Sala, Eugeni Gay, Pablo Pérez Tremps, Adela Asúa, Luis Ortega y la ponente, Elisa Pérez Vera, ha decidido legalizar al brazo político de ETA, Sortu, y enmendar la plana, una vez más, al Tribunal Supremo (a lo mejor habría que eliminar lo de “Supremo”, visto lo visto). Parece que lo políticamente correcto en estos casos es decir que se “respeta la decisión, aunque se discrepe”. Pues bien, como uno no está obligado a decir lo que no siente, un servidor ni respeta la decisión, ni respeta a los mal llamados magistrados que han decidido por seis votos contra cinco que Sortu es un partido político tan respetable como lo puedan ser el PSOE, el PP o el PNV.

Prefiero estar al lado de las víctimas del terrorismo que del lado del Tribunal Constitucional y los de Sortu. Prefiero estar del lado de las Fuerzas de Seguridad del estado, que por activa y pasiva han demostrado que ETA y Sortu son lo mismo, que del lado de los Magistrados del Constitucional que han favorecido al brazo político de ETA. Prefiero estar del lado del Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo que consideró a Sortu “testaferro de ETA”. Prefiero estar del lado del Tribunal Supremo que ilegalizó a Sortu que del lado de un Tribunal Constitucional que, deliberadamente o no, sigue casualmente cierta “hoja de ruta” denunciada mil veces por las víctimas de ETA. Prefiero estar del lado de quienes se oponen a la presencia de terroristas o de jaleadores de los mismos en las instituciones que de un Tribunal Constitucional más político que jurídico. Vamos, que el Tribunal Constitucional se pasa por el arco del triunfo todos los informes de las Fuerzas de Seguridad del Estado que confirman que Sortu es Batasuna y que Batasuna es ETA y se pasa por el miso arco la Sentencia del Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo que considera a Sortu un simple instrumento político de ETA y las mismas sentencias del Tribunal Supremo. O sea que todo el mundo está en un error menos los ilustres seis magistrados del Constitucional. Claro que para formar parte de este alto tribunal no hace falta ser juez o magistrado, sino que basta con ser “jurista” y contar con el apoyo de los partidos políticos.

Parece que para los magistrados avalistas de Sortu la simple declaración contraria a la violencia terrorista que se hace en los estatutos de Sortu es decisiva para determinar que se trata de una organización perfectamente democrática y que, por tanto, ha de ser legalizada con su inscripción en el Registro de Partidos Políticos del Ministerio de Interior. ¡Faltaría más! ¿Puede alguien con un mínimo de rigor intelectual plantearse la posibilidad de que Sortu hubiese expresado en sus estatutos su simpatía o comprensión hacia la violencia terrorista? Son terroristas pero no tontos de remate. Sabían perfectamente qué debía figurar en sus estatutos para poder colarse en las instituciones que pretenden derribar sea con las urnas o con la violencia cuando les conviene. Es puro sentido común, pura estrategia que, misteriosamente, no ha sido percibida por los seis ilustres juristas del Constitucional. Los estatutos del partido nazi en la República de Weimar o los de los Partidos Comunistas en la posguerra mundial eran todos formalmente respetuosos con la legalidad vigente de sus respectivos países, pero una vez en el poder liquidaron las instituciones democráticas. Por tanto, el argumento esgrimido para legalizar a Sortu centrado en el contenido de sus estatutos es un argumento falaz, injustificable e interesado.

Esta vergonzosa e inaceptable sentencia del Tribunal Constitucional no es fruto de la casualidad. Responde a todo un proceso político generado por el anterior Gobierno con su correspondiente reflejo en la propia composición del Tribunal Constitucional. Pero, si existe en este desenlace una evidente y gran responsabilidad del anterior Gobierno, no es menos cierto que el actual Gobierno también tiene una parte de responsabilidad en que el resultado final haya sido el que es porque no hay que olvidar que la renovación del Tribunal, pendiente desde hace mucho, no se ha producido tras seis meses de Gobierno del Partido Popular. No parece muy coherente que el Gobierno venga ahora con lamentos sobre el resultado de esta sentencia cuando pudiendo y debiendo actuar antes dejó pasar el tiempo.

Lo cierto, al día de hoy, es que la interpretación de nuestra Constitución permite que quienes apuestan por la violencia o la justifican como medio de acción política y quienes pretenden derribar el propio edificio constitucional que les da cobijo puedan actuar libremente en el juego democrático. Un Estado democrático puede y debe articular los medios legales necesarios para defenderse. Un Estado democrático, y ahí tenemos la experiencia de lo que ocurrió en la Alemania de los años 30, puede y debe excluir del juego político a cualquier fuerza política que no sea democrática o cuyos fines atenten contra la propia supervivencia de las garantías constitucionales que no son otras que los derechos fundamentales de todos los ciudadanos españoles. Y si esta Constitución no es capaz de hacerlo con la interpretación que de la misma hacen estos “juristas” de medio pelo, habrá que ir pensando en reformarla.

La lección que deberíamos extraer de este penoso episodio es que hay que movilizarse a favor de quienes apuesten de verdad por la defensa de los derechos fundamentales de todos los ciudadanos y que esa defensa pasa por dos propuestas esenciales: la primera, modificar la Constitución para garantizar la exclusión de la vida política de los violentos, de sus cómplices y de todas las fuerzas políticas cuyos fines no encajen con los valores democráticos; la segunda, que es preciso poner orden en el edificio jurisdiccional español y que el Tribunal Supremo sea de verdad la cúspide de este edificio. No puede haber, en el ámbito interno, dos cúspides coronando el edificio. La implantación del sistema de garantías constitucionales a través de un órgano específico como el Tribunal Constitucional, ajeno al poder judicial y completamente politizado, se ha demostrado un error. Con una nueva sala de Garantías Constitucionales en el Tribunal Supremo sería más que suficiente y se acabaría con este dislate jurídico aunque sea en detrimento de la permanente interferencia de los Partidos Políticos en el mundo de la Justicia.

Santiago de Munck Loyola


jueves, 28 de julio de 2011

El pesado lastre de las autonomías.

En medio de las consecuencias de la asfixiante crisis económica que golpea a nuestra sociedad, la configuración actual del estado de las autonomías está logrando un puesto destacado en la agenda del debate político. Son muchas las voces que se alzan para señalar a las autonomías como lastres que dificultan el saneamiento de las cuentas públicas y, por tanto, de la recuperación económica. Lo cierto es que el gigantesco déficit de la mayor parte de las autonomías ha dañado muy seriamente al tejido productivo y empresarial de la nación.

Ahora el Gobierno se ha planteado establecer un techo para el nivel de gasto de las administraciones autonómicas. Lo paradójico es que esta medida, después de haberla rechazado en el Parlamento en el pasado, la promueva ahora el mismo Gobierno que ha roto todas las reglas de estabilidad presupuestaria y que ha colocado a las cuentas del Estado al borde del precipicio. Claro que de un Presidente del Gobierno para el que bajar los impuestos eran tan progresista como subirlos, según el día, o para que el que el déficit lo mismo era estupendo que lo contrario no se podía esperar otra cosa.

Esta pretensión de limitar el gasto de las administraciones autonómicas, por otra parte lógica cuando el mismo estado ha de moverse en los márgenes señalados por la Unión Europea, ha encontrado el respaldo y la bendición de constitucionalidad del Tribunal Constitucional, ese engendro que legalizó la presencia de terroristas en las instituciones locales.

Parece que cuando se habla de dinero todo puede valer. ¡Poderoso caballero, Don Dinero! En este tema, el Tribunal Constitucional no anda con sus habituales “sensibilidades” autonómicas. ¡Faltaría más! Tratándose de Don Dinero, el Estado puede legislar y limitar la capacidad de las autonomías sin ningún problema. Es más que significativo que pueda hacerlo y, sin embargo, el Estado no pueda aprobar una Ley del Suelo, amplia, profunda y homogeneizadora, sin que, al parecer, vulnere las competencias de las autonomías de tal suerte que se limite la legislación estatal a una raquítica regulación y sobrevivan múltiples legislaciones regionales que pueden terminar volviendo loco a cualquiera. Debe ser que las peculiaridades identitarias regionales están profundamente enraizadas en la gestión de los solares. Hoy tampoco es posible, gracias a nuestro sistema autonómico, disfrutar de la caza o pesca en el territorio nacional sin contar con 17 permisos distintos y no es lo mismo ponerse enfermo en Madrid o en Andalucía pues las prestaciones sanitarias y los derechos del paciente variarán en función de la autonomía de residencia. El Gobierno de España puede limitar el gasto de las administraciones autonómicas, pero no puede garantizar en todo el territorio nacional los derechos de los españoles, por ejemplo, el derecho a elegir el español como lengua vehicular en la escuela. Ni siquiera puede el Estado garantizar que los estudiantes españoles estudien las mismas materias en toda España. ¡Curioso!

De la deseada descentralización administrativa anunciada en el período preconstitucional se pasó a una fragmentación jerarquizada de la soberanía popular y las autonomías diseñadas en la Constitución pasaron a ser entes con una altísima capacidad normativa que ha fragmentado el ordenamiento jurídico de una manera insospechada, levantando así unas barreras cada vez más altas al ejercicio de las libertades y al desarrollo de los principios de igualdad y solidaridad entre los españoles. Hoy, todos los españoles somos iguales ante la Ley, pero unos más que otros.

La construcción del estado de las Autonomías ha seguido el proceso inverso al de la construcción de la Unidad Europea. Mientras que a través de las Instituciones Europeas se avanza lentamente hacia la homogeneización y armonización de las legislaciones estatales, en España hemos seguido el camino inverso.

Es indudable que las autonomías son hoy un pesado lastre para la recuperación económica de España, pero también lo son para que los españoles podamos gozar de los mismos derechos y de las mismas oportunidades independientemente de nuestro lugar de residencia dentro del territorio nacional.

¿Habrá alguien dispuesto a ponerle el cascabel al gato?



Santiago de Munck Loyola

lunes, 27 de junio de 2011

Eta en los Ayuntamientos Vascos.

Los primeros pasos que la coalición Bildu está dando en los Ayuntamientos en los que ha logrado hacerse con las alcaldías están demostrando, como muchos nos temíamos, que se trata de un simple disfraz de la organización terrorista Batasuna. Las primeras medidas que los bildubatasunos están tomando son una excelente representación de que nada ha cambiado, de que se trata de los mismos perros con diferente collar. Están escenificando con escrupulosa exactitud todos los gestos, símbolos y guiños propios de la izquierda terrorista vasca. Han empezado por incumplir sin pudor alguno la legislación vigente al retirar los retratos del Jefe del Estado de los salones de Plenos y al arriar la bandera de España de las casas consistoriales. Por cierto, ¿a qué esperan los fiscales para actuar? Igualmente y como aviso para navegantes han prohibido la entrada en los Ayuntamientos de los escoltas de los concejales amenazados por ETA  y han retirado los arcos de seguridad para detección de metales. Cualquiera puede entrar ahora en esos Ayuntamientos con una pistola bajo la chaqueta o con una granada en el bolso. Claro que habrá quien piense que de nada valen esas medidas de seguridad estando ya ETA dentro de los edificios. A ello hay que añadir la petición del acercamiento de los presos terroristas y la retirada de las Fuerzas de Seguridad del Estado y de las Fuerzas Armadas españolas del territorio vasco, al mismo tiempo que el candidato Rubalcaba se plantea la posibilidad de reducir el tamaño del ya exiguo ejército español. Y en medio de este negro y sombrío panorama se alzan voces reclamando una “solución” para el “problema” de los presos de ETA. ¿Una solución? ¿Una solución para unos asesinos que ni siquiera están arrepentidos? ¿Una solución para estos chulos de barrio y cobardes asesinos que se hacen sus necesidades encima cuando los detienen? ¿Y qué “solución” hay para el “problema” de sus víctimas?

Por si no fuera poco con todo lo anterior, además hay que añadir el problema generado con la Presidencia de Bildu de la Diputación Foral de Guipúzcoa. Gracias a la obtención de esa Diputación, Bildu – Batasuna – ETA dispone ahora de los datos fiscales de todos los españoles, incluidos los 250.000 exiliados vascos por las amenazas de ETA.

¡Sí señor! A esto se le llama hacer las cosas bien. La hoja de ruta trazada en las negociaciones con ETA que con tanta vehemencia negaron los dirigentes socialistas casualmente se ha cumplido. El Sr. Zapatero, su gobierno y su partido son los responsables de que los etarras hayan vuelto a las instituciones seudodemocráticas del País Vasco. Ellos y los miembros del Tribunal constitucional Pascual Sala, Eugeni Gay, Pablo Pérez Tremps, Elisa Pérez Vera, Adela Asúa y Luis Ignacio Ortega, presuntos autores de un delito de prevaricación según la querella presentada contra ellos por varias organizaciones sociales.

Hoy el Ministro de Justicia advierte públicamente que si Bildu no cumple la Ley, la justicia deberá actuar. ¿Por qué se hace el tonto el Ministro? ¿Acaso no ha visto ya cómo están incumpliendo la Ley los bildubatasunos? ¿O es que no le han dado permiso para verlo?

Un poco de seriedad, por favor.

Santiago de Munck Loyola

martes, 3 de mayo de 2011

BILDU FUERA DE JUEGO, DE MOMENTO.

Finalmente, el Tribunal Supremo, la Sala del 61, ha dictado una sentencia respaldada por 9 de los 16 magistrados que la componen por la que se impide la presencia de Bildu en las próximas elecciones municipales del 22 de mayo.

En dicha resolución se pone de manifiesto que se considera probado que la coalición de Eusko Alkartasuna y Alternatiba "se ha erigido como un cauce simulado y fraudulento para soslayar la ilegalización judicial del brazo político de ETA y así permitir el acceso de Batasuna/ETA a las instituciones representativas". Igualmente se resalta en la misma que se trata de evitar que los “meros testaferros de ETA” puedan acceder a información como los censos electorales y luego, en condición de electos, tomar posesión de sus cargos y "establecer una línea de gobierno favorecedora de los fines terroristas de ETA".

En definitiva, puro sentido común y absoluta sensatez. Los detractores de esta sentencia esgrimen la posible vulneración de los derechos políticos de Eusko Alkartasuna, un partido legal, pero como bien señala la sentencia:

“Ciertamente, esta anulación se proyecta asimismo sobre la actividad de partidos políticos no ilegalizados, como Eusko alkartasuna y Alternatiba; ahora bien, si así acaece no será más que consecuencia de los propios actos y decisiones de dichos partidos y de la jurídicamente errónea determinación de su estrategia, pues si fueron estos partidos –a través de sus órganos de gobierno- quienes optaron por acudir al proceso electoral junto con Batasuna aun conociendo su ilegalización judicial, e incluso cedieron a Batasuna la mayor parte de las candidaturas y los primeros puestos en ellas, habrán de cargar con las consecuencias de una opción como esa, que no puede encontrar amparo en Derecho.” Es decir, Eusko Alkartasuna, sabía perfectamente a lo que se arriesgaba al coalicionarse con los etarras/batasunos y ha perdido.

Ahora, si los etarras de Bildu recurren, que lo harán, será el Tribunal Constitucional el que deba decir la última palabra, pero deberá hacerlo sobre supuestos jurídicos diferentes al los del Tribunal Supremo.

Con esta sentencia se pone de manifiesto que en nuestra democracia caben todas las opciones políticas democráticas, pueden concurrir a los comicios opciones incluso separatistas pero no pueden hacerlo quienes forman parte de una organización terrorista que, tal y como ya ha sido demostrado, usan las instituciones municipales y sus presupuestos públicos (más de 225 millones de euros anuales) al servicio de esa misma organización terrorista. Durante años los pro-etarras, o etarras a secas, han estado en los ayuntamientos y los han puesto al servicio de la banda terrorista financiando actividades y ejerciendo un estalinista control sobre la población poniendo la diana sobre cualquier vecino no afín.

Diga lo que diga el Sr. Elorza y demás individuos de similar catadura lo cierto es que la presencia de los batasunos en las instituciones democráticas no ha servido para avanzar ni un solo paso hacia la paz en el País Vasco. Y defender el derecho de los batasunos a participar en las elecciones es avalar la estrategia de ETA. Es posible que quienes así piensen no se identifiquen con la violencia etarra pero sí que lo hacen con su estrategia dejando a la democracia desarmada. A los terroristas, ni agua. Y a sus seguidores tampoco. Con la Ley en la mano y con la fortaleza de la superioridad moral que confiere ser el objetivo permanente e indiscriminado de los terroristas. Si quieren participar en las elecciones que entreguen las armas y se disuelvan porque su objetivo, la independencia del País Vasco pueden defenderla y propugnarla perfectamente en las urnas, sin amenazar, sin coaccionar, sin asesinar, sin robar y sin extorsionar a nadie.

Es cierto que en el País Vasco hay un déficit de legitimidad democrática de todas sus instituciones pero sólo es imputable a los violentos que impiden que allí se den las condiciones objetivas que garantizan la existencia de una verdadera democracia.

Sólo toca esperar que el Tribunal Constitucional lo haga bien y defienda nuestra democracia frente a los terroristas y sus jaleadores.

Santiago de Munck Loyola


viernes, 12 de noviembre de 2010

DESAHUCIOS DE VIVIENDAS: TODOS COMO EL DE RAFAEL VERA.

A pesar de los famosos e invisibles “brotes verdes” anunciados hace tiempo por el Gobierno, lo cierto es que la recesión que padecemos sigue golpeando con fuerza a las familias españolas. Y una de las consecuencias más grave de esta recesión es la pérdida de la vivienda de miles de familias por no poder hacer frente a los pagos de su hipoteca. Entre 84.000 y 300.000 ejecuciones hipotecarias, dependiendo de la fuente que se consulte, se habrán producido cuando haya acabado este año. Eso significa que cuando estos procedimientos hayan concluido miles de familias se habrán quedado sin hogar y, si tienen suerte, lo harán sin deber dinero al banco pues la práctica abusiva y consentida por la clase política de permitir una nueva retasación de la vivienda a la hora de ejecutar la hipoteca está haciendo que, en muchos casos, además de perder la vivienda se sigue debiendo dinero al banco. No es raro el día en que tenemos conocimiento a través de algún programa televisivo de actualidad de casos tristes y duros de personas que se ven en la calle por culpa del impago de su hipoteca. Lo cierto es que hasta el día de hoy tan sólo IU ha realizado una propuesta para impedir los desahucios por impago de la hipoteca como consecuencia de la crisis. Resulta francamente desoladora la falta de sensibilidad y de solidaridad de la clase política en cuyas manos está impedir que este drama se siga extendiendo.

Y en medio de este panorama resulta sorprendente la resolución del tribunal constitucional dictada hace casi un año, el 9 de diciembre de 2009, suspendiendo la ejecución de una sentencia del Tribunal Supremo que preveía el desalojo del Ex Secretario de Estado de Seguridad, Rafael Vera, condenado por malversación de fondos públicos, el caso de los “Fondos Reservados”. El 18 de octubre de 2004, el Tribunal Supremo había condenado a Rafael Vera como responsable de la malversación de 645 millones de pesetas (3,8 millones de euros) procedentes de los fondos reservados que estaban asignados al Ministerio del Interior. El Alto Tribunal confirmó que en concepto de responsabilidad civil Vera reembolsase los 141 millones de pesetas por el dinero que había sustraído y, por tanto, el decomiso de las fincas "La Berzosilla" (situada en Torrelodones, Madrid) y "El Relumbrar" (Albacete), propiedades que decía el Supremo habían sido "adquiridas con el dinero proveniente de un delito". Rafael Vera recurrió al Tribunal Constitucional solicitando la suspensión del desalojo de la finca “la Berzosilla” ya que alegaba que era su vivienda habitual y la de su familia y que carecía de otra vivienda alternativa donde ubicarse. Sorprendentemente la Sala Segunda del Tribunal Constitucional suspende la ejecución de la sentencia del Supremo porque, según queda constatado "en una consolidada doctrina constitucional", salvo "supuestos excepcionales", las resoluciones judiciales que ordenan el desalojo de la vivienda o local "pueden originar un perjuicio difícilmente reparable que aconseja optar por la suspensión de la ejecución".

El Alto Tribunal subraya que "la pérdida de la posesión del inmueble podría dar lugar a un perjuicio difícilmente reparable en su integridad, al generar una situación irreversible".

La Sala accede a la petición de suspensión, ya que, de lo contrario, "la Administración podría efectivamente proceder al desalojo del recurrente de su domicilio permanente y habitual que comparte con su familia, con los consiguientes perjuicios difícilmente reparables que supone la privación de posesión de la citada vivienda". Para colmo, esta esperpéntica sentencia añade que "el desalojo forzoso del recurrente del domicilio que ocupa desde hace más de 20 años supone un perjuicio difícilmente reparable en su integridad y, por tanto, suficiente para justificar la suspensión".

A todo esto hay que añadir un dato relevante, la celeridad. El Constitucional ha tardado solo tres meses en atender la solicitud de suspensión de Rafael Vera.

Al leer esta sentencia hay que plantearse por qué no se aplica el mismo criterio para cualquier ciudadano. Si "la pérdida de la posesión del inmueble podría dar lugar a un perjuicio difícilmente reparable en su integridad, al generar una situación irreversible", ¿no ocurre lo mismo cuando la pérdida de la posesión de un inmueble es de un honrado ciudadano que por culpa de la crisis no puede pagar su hipoteca? O ¿acaso los perjuicios difícilmente reparables en su integridad sólo se dan cuando se trata del desahucio de un delincuente y no de un ciudadano corriente? ¿No se puede ordenar el desalojo de un delincuente porque ocupa su domicilio desde hace 20 años y sí se puede desalojar a miles de familias que no han cometido delito alguno?

Si la justicia funcionase como es debido, esta resolución debería servir de antecedente para que cualquier ciudadano obtuviese el mismo trato y con la misma rapidez que Rafael Vera. Pero no es así. Es evidente que hay dos varas de medir en la justicia española y que la falta de respuesta de la clase política ante una sentencia semejante huele a corporativismo rancio. Con esa doctrina jurisprudencial lo mejor que podrían hacer es extenderla para todos los ciudadanos y, en consecuencia, legislar lo necesario para impedir semejante agravio comparativo.

Santiago de Munck Loyola.