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viernes, 10 de febrero de 2012

Garzón, la izquierda y la Ley del embudo.

Hace 14 años, el Juez Javier Gómez de Liaño fue condenado por prevaricación como consecuencia de las denuncias presentadas por Jesús de Polanco a raíz de la instrucción que el Juez había llevado a cabo en el llamado caso Sogecable, una denuncia contra el grupo Prisa por una presunta apropiación indebida. Ni el Tribunal Supremo, ni el Constitucional rectificaron la sentencia condenatoria y el Juez fue apartado de la carrera judicial. ¿Se imagina alguien lo que se habría dicho si miembros del Partido Popular hubiesen realizado críticas a aquella sentencia o hubiesen descalificado a la Justicia por esa decisión?

Por aquel entonces, nadie de los que hoy se rasgan las vestiduras y descalifican a la Justicia por la sentencia del Tribunal Supremo que, por unanimidad, ha condenado al Juez Garzón por prevaricación, abrió la boca. Los partidarios de Garzón llevan semanas calentando motores e intoxicando a la opinión pública sobre las razones por las que el Juez estrella, y ahora estrellado, se ha tenido que sentar en el banquillo de los acusados. Cuando no se ha tratado de descalificar a los denunciantes de las atípicas conductas del juez, se han tergiversado los motivos por los que debía rendir cuentas el acusado. Se ha llegado a decir que estaba siendo juzgado “por investigar a la trama Gürtel” o “por investigar los crímenes del franquismo”. Y es mentira. Lo saben, pero no importa. Tratan de convertir en mártir al acusado que lo ha sido por “dictar resoluciones injustas a sabiendas de que lo eran”, igual que en el caso de Gómez de Liaño. Garzón ha sido acusado y condenado porque mandó grabar las conversaciones entre abogado defensor y cliente cuando la ley no permite que éso se haga salvo en casos de terrorismo y previa orden de la autoridad judicial competente. Garzón violó un derecho fundamental, la confidencialidad de la defensa judicial, a sabiendas de que lo hacía y con ello ponía en peligro la validez de la instrucción del procedimiento para regocijo de los presuntos delincuentes de la trama Gürtel.

No es admisible argumentar que la violación de este derecho fundamental era un mal menor ante el hipotético beneficio de asegurar la condena de los culpables porque, en primer lugar, de esta forma se obtenían posibles pruebas no válidas para el juicio posterior y, en segundo lugar, porque la teoría del mal menor constituye la aceptación de una peligrosa premisa que hace inútiles las garantías constitucionales y que, por analogía, podría aplicarse a la vulneración de otros derechos fundamentales con el fin de obtener un hipotético beneficio superior. ¿Sería entonces aceptable torturar, por ejemplo, a los participantes en el asesinato de Marta del Castillo para que confiesen dónde está el cuerpo de la víctima? Evidentemente no.

Garzón ha prevaricado según sentencia del Tribunal Supremo dictada tras un procedimiento donde se han respetado todas las garantías legales de defensa del acusado, las mismas que él no respetó en su momento. Ha cometido un delito y la Justicia ha actuado sobre el delincuente como debe hacerlo con cualquier ciudadano y como lo hizo en su día con Javier Gómez de Liaño, en cuya condena el testimonio del propio Garzón tuvo bastante que ver. Y un ejercicio de honestidad intelectual y de rigor no estaría de más entre toda esta vociferante izquierda tan amante de la Ley del Embudo.

Santiago de Munck Loyola