Translate

Mostrando entradas con la etiqueta bautizo civil. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta bautizo civil. Mostrar todas las entradas

martes, 18 de diciembre de 2012

¿Bautizos y comuniones por lo civil?




La vida está siempre llena de sorpresas de todo tipo, unas más agradables que otras y algunas, cuando menos, anecdóticas. Hace tan sólo unos días me pidieron un informe sobre los denominados “bautizos civiles”, “ceremonia civil de imposición de nombre” o más pomposamente “entrega de la carta de ciudadanía” o “bienvenida democrática”. Pensaba que esta cuando menos original e inútil ceremonia estaba circunscrita a tres Ayuntamientos en España, como el de Rivas-Vaciamadrid en el que además también utilizan el dinero de los contribuyentes en una oficina municipal para apostatar, pero navegando por Internet puede comprobarse que este esnobismo laicista tiene sus seguidores.

En algunas páginas de Internet pueden leerse cosas curiosas: Un nuevo paso hacia la sociedad laica es el bautizo civil. Se despoja de todo matiz religioso a la ceremonia del bautismo, convirtiéndolo en un acto civil. El bautizo civil es una opción laica al bautizo religioso. Es decir que para construir una sociedad laica parece que es imprescindible imitar un sacramento, un “signo sensible de un efecto interior y espiritual que Dios obra en las almas”, pero sin Dios y sin almas. Uno no tiene más remedio que preguntarse cómo se puede despojar a un signo exclusivamente religioso del matiz que le otorga su propia esencia religiosa y, sobre todo, para qué se hace semejante exorcismo laico. Claro que para poder intentar comprender tan profunda transformación hay que aproximarse a los sólidos conocimientos jurídicos de los promotores del invento que dicen cosas como la siguiente: “parece que el dar oficialmente un nombre a nuestro hijo es exclusivamente religioso y no tiene por qué serlo”. ¿Y dónde “parece” que los nombres de los hijos son dados oficialmente en el bautismo religioso?  ¡Hombre! A nadie se le pide conocer el Decreto de 14 de noviembre de 1958 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley del Registro Civil, ni siquiera se le pide conocer la existencia de tal norma, pero todo el mundo sabe y si lo ignora se lo dicen en la maternidad cuando, donde y como debe inscribir el nacimiento de su hijo que incluye, sin que se lo mande la Santa Madre Iglesia, la imposición del nombre de la criatura. Créanselo o no, se puede asegurar con absoluta certeza de que en España se trata de un trámite estrictamente civil.

Y si se trata de organizar algún fasto bajo la supuesta entrega de la llamada “carta de ciudadanía” no hace falta, desde una perspectiva legal, ningún trámite ante el Ayuntamiento de turno, administración manifiestamente incompetente para el otorgamiento de derechos ciudadanos, bastando acudir al Código Civil que para eso está.

No crea el lector que el asunto concluye aquí porque, al parecer, como en nuestro país debemos andar sin problemas y algunos se aburren o quieren dar rienda suelta a sus instintos laicistas también están promoviendo las “primeras comuniones civiles”. En cierta página de Internet puede también leerse lo siguiente: “La Primera Comunión Civil es una Primera Comunión pero” sin comunión”, que no difiere mucho de las originales, a no ser por la ausencia del acto religioso. Por lo demás se mantiene igual: banquete, regalos, parabienes y reunión familiar”. Laico cien por cien. ¿Quién da más? De momento estas comuniones civiles no han llegado al ámbito de los Ayuntamientos, pero es muy probable que pronto Rivas-Vaciamadrid, reserva material de materialismo dialéctico, se tire al charco y dedique buena parte de los impuestos de sus vecinos a promover estos eventos. Y, digo yo, puestos a ello podrían también organizar las confesiones civiles en estos Ayuntamientos tan ávidos de secularizar al mismo Creador. Imagínense, se crean unas plazas de confesores laicos mediante concurso oposición en el que además de valorar la lengua vernácula, por descontado, se puntuaría como es debido el grado de ateismo y, por supuesto, la capacidad de paciente escucha del opositor. Previo pago de una módica tasa gallardoniana el ciudadano podría confesar sus pecadillos laicos, manifestar su propósito de enmienda y cumplir una penitencia social y democrática, regulada en una ordenanza municipal específica.

Combinar esnobismo e ignorancia es ridículo y poner en evidencia los planteamientos y objetivos serios de los movimientos laicistas con bufonadas civiles, por muy solemnes que sean, es un auténtico despropósito. Es absolutamente legítimo propugnar una separación total y real entre el fenómeno religioso y el estado y los procedimientos civiles, pero se bordea el ridículo cuando para conseguirlo se opta por imitar y copiar nada menos que los sacramentos cristianos, hechos exclusivamente religiosos, dando prueba con ello de una profunda ignorancia o de una obsesiva y enfermiza fobia. El que quiera organizarse bautizos que no son tales, comuniones sin comunión, confirmaciones laicas o confesiones similares que lo haga como mejor le parezca pero los escasos recursos municipales no están para eso.

Santiago de Munck Loyola