Translate

Mostrando entradas con la etiqueta Artículo 155 CE. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Artículo 155 CE. Mostrar todas las entradas

miércoles, 11 de octubre de 2017

Dos golpes por el precio de uno.


La escalada secesionista que llevamos años padeciendo ha culminado ayer en un golpe de estado perpetrado en el Parlamento catalán que a muchos ha dejado atónitos. Hay quien cree que ayer Puigdemont ha dado marcha atrás y se lo agradecen como el inefable traidor Pablo Iglesias, hay quien piensa que ha sido un simple “gatillazo” y muchos, en definitiva, están convencidos de que nada de lo que sale de los secesionistas tiene efectos jurídicos.

Es todo un despropósito y da la sensación de que los actores de esta tragedia viven en mundos y realidades absolutamente diferentes. Anoche mismo, tras la declaración de independencia enunciada y aparentemente suspendida por Puigdemont,  compareció la Vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, y dijo entre otras cosas que “ni el Sr. Puigdemont, ni nadie, pueden sacar conclusiones de una ley que no existe (la Ley catalana de Referéndum) ni de un referéndum que no se ha producido”. Vamos a ver, que el referéndum del 1 de octubre fuera ilegal, que careciese de cobertura legal y que no fuera democráticamente homologable, no quiere decir que no se haya producido. 

Todos los vimos, hubo un referéndum con una participación escasa y con unos resultados falseados, pero lo hubo. No se puede negar la evidencia. Afirmar lo contrario sería tanto como renunciar a perseguir a quienes organizaron el referéndum ilegal. El problema está ahí y reside en que las autoridades golpistas catalanas ya están actuando con su propia legalidad, con su ley de referéndum y su ley de Transitoriedad, y no acatan las decisiones del Tribunal Constitucional. Sus actuaciones vulneran desde hace tiempo la Constitución, el Estatuto de Autonomía y las decisiones judiciales porque no reconocen la autoridad del Estado en Cataluña. Rechazan la legalidad española y han creado la suya propia y por mucho que la justicia española, a la que no reconocen, declare su ilegalidad lo cierto es que están fingiendo que actúan al amparo de sus propias leyes.

Pero es que, además, la esquizofrenia independentista se plasma en que solo fingen que actúan conforme a su propio nuevo ordenamiento porque, en realidad, tampoco lo hacen y ayer Puigdemont y sus acólitos lo demostraron ante todo el mundo. De acuerdo con su propia ley catalana de referéndum, aprobada irregularmente e inútilmente suspendida por el Tribunal Constitucional, “Si en el recuento de los votos válidamente emitidos hay más afirmativos que negativos, el resultado implica la independencia de Cataluña. A tal efecto el Parlamento de Cataluña dentro de los dos días siguientes a la proclamación de los resultados por parte de la Sindicatura electoral celebrará una sesión ordinaria para efectuar la declaración formal de la independencia de Cataluña, sus efectos y acordó el inicio del proceso constituyente” (Art.4.4). Es decir que debería haber proclamado los resultados la Sindicatura Electoral y no había tal Sindicatura. Y, en segundo lugar, el Parlamento de Cataluña debería haber celebrado a los dos días de dicha proclamación (que no se ha efectuado) una sesión ordinaria (que tampoco se ha celebrado) para declarar formalmente la independencia de Cataluña. Sin embargo, lo que ayer vivió todo el mundo fue una sesión extraordinaria del Parlamento de Cataluña en la que Puigdemont “proclamó” los resultados del referéndum y en la que “declaró” la independencia de Cataluña para, a renglón seguido, proponer al Parlamento que suspendiese temporalmente los efectos de dicha declaración. 

Peor imposible, una tomadura de pelo. Puigdemont se arrogó las atribuciones de la Sindicatura Electoral, proclamando él mismo los resultados, y del Parlamento catalán, declarando él mismo la independencia. Y ni siquiera el Parlamento catalán llegó a suspender los efectos de tal declaración tal y como se acababa de decir. La guinda de este autogolpe fue la firma posterior de un documento firmado por una parte de los diputados proclamando la república catalana en nombre de todos los catalanes. Los hechos son los que son: Puigdemont y los suyos no solo violan la legalidad constitucional sino que sus primeros actos al amparo de sus propias normas también constituyen una violación de las mismas. Puigdemont sustituyó a su Sindicatura de Cuentas y al propio Parlamento catalán arrogándose atribuciones propias de un dictador. Puigdemont es el representante supremo de la Nación; personifica la soberanía nacional; ejerce el poder supremo político y administrativo”, Artículo sexto de la Ley Orgánica del Estado de 1967, perfecto para esta ocasión. ¿Cómo no van a huir las empresas de Cataluña con semejante inseguridad jurídica? ¿Cómo no van a huir las inversiones de un territorio donde reina la más absoluta arbitrariedad? ¿A qué tienen que atenerse los ciudadanos catalanes? ¿A la legislación española, a la catalana, a la que se le ocurra a cualquier separata en cualquier momento?

No es posible seguir así ni un día más. Plantearse ahora si esa declaración no hecha pero con solicitud de suspensión no efectuada y acompañada de una proclamación de independencia firmada fuera del hemiciclo tiene o no tiene efectos jurídicos es indiferente, sus efectos son políticos y económicos. Y plantearse ahora que hay buena voluntad de los secesionistas porque quieren dialogar durante unas semanas con el Gobierno de España es sencillamente engañarse, engañar a los ciudadanos, hacer el juego a los golpistas y sumarse al intento de dinamitar la unidad de España porque solo quieren dialogar sobre cuándo, cómo y por cuánto se independizan. No se puede pactar con un violador cuándo y cómo va a delinquir.

Hoy el Consejo de Ministros ha dado por fin un paso que parece que se encamina hacia la aplicación del Artículo 155 de la Constitución al requerir a Puigdemont para que aclare si la payasada de ayer fue una declaración de independencia, algo obvio. Quizás si se le hubiera requerido formalmente a la Generalidad para que anulase su Ley de Referéndum y su Ley de transitoriedad ya se habría podido aplicar el Artículo 155 y todos nos habríamos ahorrado muchos sin sabores, pero lo importante ahora es que se ponga fin cuanto antes a este disparate político y jurídico. Y, una vez restablecida la legalidad, nada habría más sano para nuestra democracia que convocar simultáneamente unas elecciones autonómicas en Cataluña y unas Generales porque todos ya se han retratado y los electores ya sabemos quién está con la Constitución y la unidad de España y quién no.

Santiago de Munck Loyola


sábado, 7 de octubre de 2017

El Partido Esperanza Ciudadana (Partido Alicantino Regionalista) requiere al Gobierno para que aplique el Artículo 155 de la Constitución.

7-10-2017

COMUNICADO.

Ante la situación existente en Cataluña y los reiterados incumplimientos por parte de la Generalidad catalana de sus deberes constitucionales así como su intención expresa de proceder en los próximos días a declarar unilateralmente la independencia de las provincias de Cataluña, el Partido Esperanza Ciudadana (Partido Alicantino Regionalista) ha remitido ayer un requerimiento al Presidente del Gobierno, Mariano Rajoy Brey, para que proceda a poner en marcha de forma inmediata el Artículo 155 de la Constitución Española.

En el citado requerimiento se señala que “el Gobierno de España, una vez consumada esta parte del golpe de estado que se está desarrollando en Cataluña, no puede seguir haciendo dejación de sus funciones y seguir esperando para actuar en función del siguiente escalón golpista que, como ya se ha anunciado públicamente, será la declaración unilateral de independencia”.

Igualmente se recuerda que “el Artículo 155 de nuestra Constitución señala que “Si una Comunidad Autónoma no cumpliere las obligaciones que la Constitución u otras leyes le impongan, o actuare de forma que atente gravemente al interés general de España, el Gobierno, previo requerimiento al Presidente de la Comunidad Autónoma y, en el caso de no ser atendido, con la aprobación por mayoría absoluta del Senado, podrá adoptar las medidas necesarias para obligar a aquélla al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o para la protección del mencionado interés general” pero, a la vista de los acontecimientos, no es posible ampararse más en el carácter optativo de esta disposición contenido en su redacción al señalar que ”el Gobierno…podrá adoptar..” porque hacerlo supondría no sólo facilitar la consumación del golpe de estado, sino vulnerar los mandatos del Código Penal para defender la Constitución”.

Por ello, concluye el escrito remitido a la Presidencia del Gobierno  que se requiere “Al Presidente del Consejo de Ministros de España, D. Mariano Rajoy Brey, para que cumpla con sus obligaciones constitucionales y proceda de forma urgente a activar la aplicación del Artículo 155 de la Constitución Española y a dictar las instrucciones precisas para la persecución de todos los actos delictivos que se han producido o estén en curso de ejecución”.