Esta mañana, algunas tertulias radiofónicas se hacían eco de la innecesaria reforma constitucional puesta en marcha para intentar frenar el gasto de nuestras administraciones públicas. Y, al igual que en algunos periódicos, los intervinientes debatían sobre la legalidad y la legitimidad de esta reforma de la Constitución. Así, se argumentaba que la reforma era legal puesto que se hacía respetando al pie de la letra el mecanismo de reforma previsto en la carta Magna y legítima pues estaba respaldada, además, por más del 80 % de los representantes de la soberanía popular, los diputados socialistas y populares.
No es ésta la primera vez que puede observarse como, en los medios de comunicación, se usa el concepto de legitimidad política con tanta ligereza, como desconocimiento. Ya hace tiempo que, a propósito de la formación del primer gobierno de Rodríguez Zapatero, el periodista Jiménez Losantos, afirmaba con su rotundidad habitual que “este gobierno es legal y, por tanto, es legítimo”. Con ello, parecía asimilar el concepto de legalidad con el de legitimidad, error muy frecuente. Los gobiernos del dictador Fidel Castro serán muy legales porque se habrán constituido conforme a la legalidad cubana vigente, pero no son legítimos porque ni las leyes que los producen están elaboradas con criterios de legitimidad, ni dichos gobiernos cuentan con el respaldo democrático necesario. Es práctica frecuente también obviar la distinción, clásica en la ciencia política, entre la legitimidad de origen y la legitimidad de ejercicio.
Volviendo a la reforma constitucional hay algunos aspectos que merece la pena ser considerados. Es cierto que la reforma es legal pues se está haciendo mediante el sistema constitucionalmente previsto. Como también lo es que los parlamentarios son los legítimos representantes de la soberanía popular. Pero también es un hecho cierto que cuando los partidos políticos presentaron sus programas electorales en la elecciones generales de 2008 no propusieron a los votantes reformar la Constitución en el sentido en que lo van a hacer. Los electores no respaldaron con su voto, no otorgaron mandato a los parlamentarios electos para que procediesen a reformar la constitución. Es decir que la soberanía popular no se pronunció en el año 2008 sobre este punto. El mandato y la representatividad de los parlamentarios, su legitimidad, se sustenta en esa relación de confianza que se puede resumir en “yo te voto para que hagas lo que me has propuesto en tu programa”. Por tanto, los parlamentarios socialistas y populares no tienen mandato alguno de los ciudadanos para emprender esta reforma, no cuentan con la legitimidad suficiente para realizar una reforma de tanto calado de la norma superior del estado, la norma que regula la convivencia y organización de la nación. Esto es un hecho evidente.
Subrayada la ausencia de mandato para reformar la constitución y la inexistencia de pronunciamiento de la soberanía popular sobre el asunto, resulta aún más llamativo que esta reforma se haga sin un referéndum, mecanismo legalmente no exigible, o que se haga sin esperar al resultado de las próximas elecciones generales en cuya campaña los partidos políticos tendrían una ocasión de oro para proponer y explicar a los votantes la necesidad y el alcance de esta reforma constitucional y de obtener así el mandato necesario de la soberanía popular para modificar la Constitución.
El déficit de legitimidad para realizar esta reforma constitucional es evidente por mucho que editorialicen en contrario determinados medios de comunicación. Podrán poner el énfasis sobre la legitimidad de esta decisión pero, por mucho que lo hagan, no podrán soslayar el hecho de que esta reforma se hace, pudiendo hacerlo, sin contar con el pueblo soberano.
Santiago de Munck Loyola