Están llegando con cuentagotas, pero al final llegando que es lo que importa, las notificaciones para el pago de la nueva tasa por la recogida y tratamiento de los residuos sólidos urbanos, la tasa municipal de la basura. Y el palo que el Ayuntamiento de Alicante nos está dando a los vecinos es escandaloso, un atraco injustificado y, además, ilegal.
¿Y por qué de esta brutal subida?
El gobierno municipal y sus defensores alegan falsamente que esta subida es culpa de la aprobación de la Ley 7/2022, por parte del gobierno socialista y sus socios, que adapta una directiva europea exigente, la (UE) 2018/851: los ayuntamientos deben ajustar los ingresos por residuos a los costes reales del servicio. Algo que, por cierto, ya estaba recogido en el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
La izquierda, por su parte, señala a la exigente Directiva Europea cuando la realidad es que ya nuestra legislación desde hace muchos años vincula las tasas al coste real de los servicios prestados.
Para empezar, la directiva europea 2018/851 obliga a que los costes de la gestión de los residuos municipales sean sufragados según el principio de “quien contamina paga”. Esto se traduce en que el coste solo debe recaer sobre los productores de residuos, es decir, sobre quienes generan efectivamente la basura.
Y el método elegido por el Ayuntamiento de Alicante no refleja el principio de “quien contamina paga”, porque no diferencia entre quien genera residuos y quien no lo hace. Es más, la ordenanza grava también las viviendas desocupadas y sin ocupantes, sin generación de residuos, lo que constituye una exacción sin hecho imponible y un impuesto encubierto sobre la propiedad (art. 31 CE). Vincular la tasa al tamaño de la vivienda (o a criterios similares) no respeta de forma estricta el principio de “quien contamina paga”, y se aleja de los modelos más incentivadores que la propia UE recomienda. De hecho, la Comisión Europea ha señalado que lo ideal sería avanzar hacia sistemas de pago por generación real de residuos, ya que los sistemas fijos por superficie, renta catastral o número de habitaciones no incentivan la reducción ni la correcta separación de basura. La Directiva Europea no impone un sistema único para calcular la tasa (puede ser una tasa fija, variable, sistemas de pago por generación —“pay as you throw”—, impuestos, etc.), pero sí recomienda que se incentive la prevención y el reciclaje, evitando que los costes se repartan de manera indiscriminada. Algo que el Ayuntamiento de Alicante también aborda de manera claramente insuficiente. Los países europeos más avanzados en este campo han optado por introducir el coste del servicio en el precio de las bolsas de basura municipales. Un método sencillo, justo y eficiente.
En definitiva, entre un Gobierno Municipal chapucero y una oposición incompetente y perezosa nos han impuesto una Tasa que vulnera, no solo la Directiva de la Unión Europea, sino también el Art. 14 CE (igualdad ante la ley) y el art. 31 CE (justicia tributaria): la ordenanza genera desigualdad entre contribuyentes y es un tributo regresivo.
Por ello, el PAR, Partido Alicantino Regionalista va a iniciar todas las acciones legales a su alcance y ofrece el asesoramiento legal preciso a cuantos vecinos de Alicante quieran recurrir las notificaciones para el pago de la Tasa que están recibiendo. Hay que pararles los pies y evitar que nos sigan exprimiendo.
Santiago de Munck Loyola