Sinceramente,
lo que pasa en España ocurre en pocos países de nuestro entorno. ¿Se imagina
alguien que en Francia o en Gran Bretaña los niños no puedan recibir su
educación escolar en francés o en inglés? ¿Alguien ha sabido de algún padre
alemán que haya tenido que llegar hasta el Tribunal Supremo alemán para lograr
que su hijo pueda recibir la educación escolar en alemán dentro del territorio
alemán? A que no. Pues eso es lo que ocurre en nuestro país en medio del
silencio de buena parte de los medios de comunicación, de la mayor parte de la
clase política y, por supuesto, de los sindicatos. Algo tan normal y tan lleno
de sentido común como el que un chaval pueda estudiar en español, en su lengua
materna, si así lo desea, es imposible en ciertas partes de España. Algo tan
lógico como poder trasladarse de una parte a otra de España y seguir los
estudios con normalidad, sin traumas y con continuidad tampoco es posible
porque los contenidos o el idioma pueden variar sustancialmente. La movilidad
de los españoles dentro del territorio nacional se va restringiendo cada vez
más merced al progresivo fraccionamiento de la mayor parte de los elementos que
caracterizan a una sociedad cohesionada. Las particularidades territoriales se
traducen año tras año en fronteras invisibles, pero reales.
Hoy,
el Ministro de Educación, Cultura y Deporte, José Ignacio Wert, ha presentado a
los consejeros autonómicos una nueva propuesta de reforma educativa que pretende,
entre otras cosas, garantizar a los alumnos que lo deseen poder recibir la
enseñanza en castellano en las comunidades con lengua cooficial. Para ello, las
autonomías que no garanticen este derecho en los centros públicos o concertados
tendrán que pagar la matriculación en centros privados que enseñen en
castellano, según consta en el borrador. Ante esta propuesta, la consejera
catalana en funciones, Irene Rigau, ha manifestado que el proyecto es "el mayor ataque al catalán desde
1978" y ha añadido que atenta
contra el modelo de escuela porque autoriza a los padres a escoger la lengua
vehicular.
Dejando
a un lado el hecho de que resulte asombroso que el Gobierno de una Nación tenga
que legislar para que pueda ser usado el idioma oficial en la educación en
determinadas partes de su territorio, lo cierto es que la reacción de la
consejera catalana era más que previsible. Es normal que alguien que odia tanto
las libertades individuales y que forma parte de un gobierno regional que se
pasa las sentencias del Tribunal Supremo por el arco del triunfo, demostrase su
respeto institucional y su talante democrático marchándose de mala manera de la
reunión que esta tarde mantenían el Ministro y los consejeros de educación
autonómicos. Una prueba más de que es necesario reformar la educación, aunque
carezca de efectos retroactivos para determinadas personas. Lo cierto es que al
día de hoy, no una, sino muchas sentencias del Tribunal Supremo (http://www.elmundo.es/elmundo/2012/06/26/barcelona/1340715538.html
http://www.lavanguardia.com/politica/20120626/54316682030/supremo-anula-vehicularidad-catalan-educacion-infantil.html)
han amparado el derecho de los padres a elegir
el idioma en el que quieren que sean educados sus hijos y, no sólo eso, sino
que, además, han anulado diferentes preceptos de la legislación catalana. ¿Y
cual ha sido la respuesta de las autoridades catalanes? Pues decir que no
piensan cumplir las sentencias del Supremo (http://www.lavozlibre.com/noticias/ampliar/604278/mas-dice-que-mantendra-la-imposicion-del-catalan-caigan-las-sentencias-que-caigan). Así de sencillo. Aquí hay patentes de corsos. A
algunos les basta con envolverse en su bandera regional para vulnerar
reiteradamente, con premeditación y alevosía, las leyes o las resoluciones
judiciales y no pasa nada. Hay ciudadanos de segunda y políticos. Y lo mismo
les da que el máximo órgano de la soberanía legisle en un sentido o en otro, si
no es a su gusto estos demócratas de postin rompen la baraja.
Siendo
más que loable que el Gobierno de España trate de preservar la igualdad de
derechos de todos los españoles en todo el territorio nacional en el ámbito de
la educación, lo que constituye un desatino es que para conseguirlo, para
solucionar el problema generado por los incumplidores de la ley, los
delincuentes políticos, haya que poner dinero público con matriculaciones en
colegios privados. ¿No sería más sencillo obligar a cumplir la Ley y las sentencias
igual que se nos obliga al resto de los ciudadanos? ¿Para qué están los
fiscales? ¿Por qué si un cargo público prevarica hay que poner dinero de los
contribuyentes? Mucho me temo que los complejos y la cobardía están detrás de
esta pintoresca propuesta. La Ley debe ser igual para todos. Dura lex, sed lex.
Y si no se está dispuesto a cumplirla, cámbiese la Ley pero no sigan tirando
del dinero del contribuyente. Bastaría con que recordasen y aplicasen alguno o todos
los siguientes artículos del Código Penal:
Artículo
404.
A la autoridad o funcionario público
que, a sabiendas de su injusticia, dictare una resolución arbitraria en un
asunto administrativo se le castigará con la pena de inhabilitación especial
para empleo o cargo público por tiempo de siete a diez años.
Artículo
410.
1. Las autoridades o funcionarios
públicos que se negaren abiertamente a dar el debido cumplimiento a
resoluciones judiciales, decisiones u órdenes de la autoridad superior,
dictadas dentro del ámbito de su respectiva competencia y revestidas de las
formalidades legales, incurrirán en la pena de multa de tres a doce meses e
inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de seis meses a
dos años.
Artículo
511.
1. Incurrirá en la pena de prisión de
seis meses a dos años y multa de doce a veinticuatro meses e inhabilitación
especial para empleo o cargo público por tiempo de uno a tres años el
particular encargado de un servicio público que deniegue a una persona una
prestación a la que tenga derecho por razón de su ideología, religión o
creencias, su pertenencia a una etnia o raza, su origen nacional, su sexo,
orientación sexual, situación familiar, enfermedad o minusvalía.
2. Las mismas penas serán aplicables
cuando los hechos se cometan contra una asociación, fundación, sociedad o
corporación o contra sus miembros por razón de su ideología, religión o
creencias, la pertenencia de sus miembros o de alguno de ellos a una etnia o
raza, su origen nacional, su sexo, orientación sexual, situación familiar,
enfermedad o minusvalía.
3. Los funcionarios públicos que cometan
alguno de los hechos previstos en este artículo, incurrirán en las mismas penas
en su mitad superior y en la de inhabilitación especial para empleo o cargo
público por tiempo de dos a cuatro años.
Y
los contribuyentes nos ahorraríamos un dineral, sí señor, además de limpiar
algo la clase política.
Santiago
de Munck Loyola