2-X-2013
NOTA DE PRENSA.
Demandado el Comité Ejecutivo Provincial del Partido Popular de
Alicante por presunta vulneración de los Estatutos del PP.
Ante la absoluta falta de talante
dialogante de la dirección provincial del PP de Alicante, varios afiliados del
Partido Popular de Alicante y miembros de la Asociación  Foro
Los demandantes, acogiéndose a la
tutela judicial de los derechos políticos recogida en la Ley  de Partidos políticos,
entienden que la decisión de suprimir la Junta 
 Localla
 Ciudad  de Alicante es contraria a los Estatutos del Partido
Popular al igual que la decisión de nombrar “un coordinador” de la ciudad,
figura no prevista tampoco en el ordenamiento interno de la formación Popular.
Igualmente, la demanda pretende que se declare contraria a derecho la actuación
del Secretario Provincial, José Juan Zaplana, que por escrito se negó a
entregar las actas y demás documentación solicitada sobre los acuerdos
adoptados por el Comité Ejecutivo provincial de Alicante y que se suspenda de
forma cautelar la celebración de elecciones internas a las nuevas Juntas de
Distrito del PP de Alicante. En concreto, los demandantes solicitan del Juzgado
lo siguiente:
“Primero.- Anular los acuerdos del Comité Ejecutivo Provincial del Partido Popular
de Alicante por los que se aprueba la sustitución de la Junta Local  de
Alicante por Juntas de Distrito y la división de la ciudad de Alicante en cinco
distritos por suponer una vulneración de lo dispuesto en los Artículos 20.3 y
21.5 de los Estatutos Nacionales del Partido Popular y por crear un órgano
unipersonal, la figura de un “coordinador” de la ciudad de Alicante, no
prevista en los Estatutos del Partido Popular.
Segundo.- Que sea declarada contraria a derecho la
negativa a entregar las actas o certificaciones de los órganos colegiados
efectuada por el Secretario Provincial del Partido Popular de Alicante en su
escrito de 17 de diciembre de 2012, obligando al Partido Popular de la Provincia  de Alicante a
entregar toda la documentación solicitada.
Tercero.- Que sea condenado la demandada a las costas
devengadas en el presente proceso.
PRIMER OTROSI DIGO.- Que se proceda a suspender cautelarmente la
convocatoria de elecciones internas a las Juntas de Distrito hasta que se haya
dilucidado su legalidad y la de la supresión de la Junta  Local
AL JUZGADO SUPLICO.- Que tenga por formulada la anterior
manifestación a los efectos oportunos y, en su consecuencia proceda a acordar
la suspensión cautelar del acuerdo impugnado.”
En los próximos días, está
previsto que más afiliados de la ciudad de Alicante y de otras localidades se
sumen a esta actuación judicial.
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